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Calculadora de CTS

Cuánto te depositan en mayo y en noviembre por el semestre trabajado. Régimen laboral general, con la norma al lado.

Tu depósito de CTS

Tu depósito de CTS: S/ 875

S/
S/
Solo si los recibiste al menos tres meses del semestre.
Remuneración computable
S/ 1,750
Sueldo + asignación familiar + variables + un sexto de la gratificación (S/ 250).
Por meses completos
S/ 875
Por días sueltos
S/ 0
Descuento por faltas
S/ 0

Estimación para el régimen laboral general (D. Leg. 728). No aplica tal cual a CAS, micro y pequeña empresa ni trabajadores del hogar. Norma: D.S. N.° 001-97-TR, arts. 9, 16, 18 y 21.

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Cómo se calcula

¿Qué es la CTS y quién la recibe?

La Compensación por Tiempo de Servicios es un ahorro forzoso que tu empleador deposita a tu nombre en el banco que tú elijas. No es un premio ni un bono: existe para que tengas un colchón si te quedas sin trabajo, y por eso solo se retira en los supuestos que la ley permite.

La cobran los trabajadores de la actividad privada con contrato sujeto al régimen general que cumplen una jornada mínima de cuatro horas diarias en promedio. Si trabajas menos de esas cuatro horas, no te corresponde.

  • No la reciben quienes trabajan menos de cuatro horas diarias en promedio.
  • No la reciben los practicantes: las prácticas se rigen por la Ley 28518, no por el régimen laboral.
  • En la micro empresa inscrita en el REMYPE no corresponde, y en la pequeña empresa se reduce a la mitad.

La fórmula, en una línea

Por cada semestre completo te corresponde la mitad de tu remuneración computable. La remuneración computable es tu sueldo básico, más la asignación familiar si la cobras, más un sexto de la última gratificación recibida, más el promedio de lo variable (comisiones u horas extra) cuando lo has cobrado al menos tres meses en el semestre.

Si no trabajaste el semestre entero, el cálculo es proporcional: un doceavo de la remuneración computable por cada mes completo, y un treintavo de ese doceavo por cada día suelto.

Dos ejemplos con cifras

Sueldo de S/ 1 500, con asignación familiar de S/ 113 y una gratificación previa de S/ 1 500. La remuneración computable es 1 500 + 113 + 250 (un sexto de la gratificación) = S/ 1 863. Por un semestre completo el depósito es la mitad: S/ 931,50.

La misma persona, pero con solo cuatro meses y quince días trabajados en el semestre. Cuatro doceavos de 1 863 son S/ 621, y quince días son la mitad de un doceavo, S/ 77,63. El depósito sería de S/ 698,63.

Los días de falta injustificada se descuentan del cómputo: cada uno resta un treintavo del mes en el que ocurrió.

Cuándo te la depositan

Hay dos depósitos al año, y el plazo vence el día 15. El de mayo cubre el semestre de noviembre a abril; el de noviembre cubre el de mayo a octubre. Si el 15 cae en día no laborable, el plazo no se corre: el empleador debe adelantarlo.

El dinero va a la cuenta CTS del banco o caja que elegiste, no a tu cuenta de sueldo. Si nunca elegiste una, el empleador abre una por ti y debe informártelo.

Lo que esta calculadora no hace

Da una estimación con los datos que escribes; la boleta y el depósito real mandan. No conoce tus faltas, tus licencias sin goce ni los meses en que cobraste variable, así que si tu caso tiene alguno de esos, el número de aquí será mayor que el que verás en el banco.

Todo esto vale para el régimen laboral general de la actividad privada (D. Leg. 728). Los regímenes CAS, agrario, de micro y pequeña empresa y de trabajadores del hogar tienen reglas propias y la calculadora no los cubre.

Base legal: D.S. N.° 001-97-TR (TUO de la Ley de CTS), en particular los artículos 9, 10 y 22; y D.S. N.° 004-97-TR, su reglamento.

Contenido revisado el 6 de setiembre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto me toca de CTS?

Aproximadamente medio sueldo computable por semestre completo: el sueldo más la asignación familiar y un sexto de la gratificación, entre dos. Con menos meses es proporcional.

¿Cuándo depositan la CTS?

Hasta el 15 de mayo (por noviembre a abril) y hasta el 15 de noviembre (por mayo a octubre), en la cuenta del banco que elegiste.

Cuánto falta para el depósito
¿Puedo retirar mi CTS?

Depende de la ley vigente: en los últimos años el Congreso autorizó retiros del 100% por plazos definidos. Fuera de esas ventanas, solo se retira el excedente de cuatro remuneraciones o al cesar.

Todas las preguntas frecuentes

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Todas las cifras son estimaciones de chambaperu.com con la norma citada; tu boleta manda.

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