Calculadora de gratificación
Cuánto recibes en julio y en diciembre, con la bonificación extraordinaria incluida. Régimen laboral general.
Tu gratificación
Tu gratificación: S/ 1,635
- Remuneración computable
- S/ 1,500
- Gratificación base
- S/ 1,500
- Bonificación 9%
- S/ 135
Estimación para el régimen laboral general (D. Leg. 728). No aplica tal cual a CAS, micro y pequeña empresa ni trabajadores del hogar. Norma: Ley N.° 27735, arts. 2 y 6; bonificación: Ley N.° 30334, art. 3.
Cómo se calcula
¿Qué es la gratificación y quién la recibe?
Son dos pagos al año, uno por Fiestas Patrias y otro por Navidad, equivalentes cada uno a una remuneración mensual completa si trabajaste el semestre entero. La cobran los trabajadores del régimen general de la actividad privada, incluidos los de contrato a plazo fijo y los de tiempo parcial.
A diferencia del sueldo, la gratificación no paga AFP ni ONP ni EsSalud. Por eso lo que te depositan es casi el íntegro, y encima recibes una bonificación extraordinaria del 9 % de la gratificación, que es el aporte que el empleador habría hecho a EsSalud y se te entrega a ti.
- Se necesita estar en planilla el día que corresponde el pago.
- Si cesaste antes, te corresponde la parte proporcional como gratificación trunca.
- En la pequeña empresa del REMYPE se reduce a la mitad; en la micro empresa no corresponde.
La fórmula, en una línea
Una remuneración completa por semestre trabajado, más el 9 % de bonificación extraordinaria si estás en EsSalud (4,75 % si estás en una EPS). Si no completaste el semestre, es un sexto de la remuneración por cada mes completo trabajado.
La remuneración de referencia es la vigente al 30 de junio o al 30 de noviembre, según el semestre, e incluye la asignación familiar y el promedio de lo variable cobrado al menos tres meses.
Dos ejemplos con cifras
Sueldo de S/ 1 500 más asignación familiar de S/ 113, con el semestre completo. La gratificación es S/ 1 613 y la bonificación extraordinaria el 9 % de eso, S/ 145,17. En total te depositan S/ 1 758,17, sin descuentos.
La misma persona con tres meses trabajados en el semestre: tres sextos de 1 613 son S/ 806,50, más el 9 %, S/ 72,59. Total S/ 879,09.
Cuándo te la pagan
La de Fiestas Patrias, hasta el 15 de julio; la de Navidad, hasta el 15 de diciembre. Son plazos máximos: pagarla tarde genera intereses a favor tuyo.
Si el empleador no paga, la vía es la denuncia ante la Sunafil.
Lo que esta calculadora no hace
Estima con lo que escribes. No sabe si estás en una EPS en vez de EsSalud, lo que cambia la bonificación del 9 % al 4,75 %, ni si tuviste meses sin remuneración dentro del semestre.
Todo esto vale para el régimen laboral general de la actividad privada (D. Leg. 728). Los regímenes CAS, agrario, de micro y pequeña empresa y de trabajadores del hogar tienen reglas propias y la calculadora no los cubre.
Base legal: Ley N.° 27735 y su reglamento D.S. N.° 005-2002-TR; Ley N.° 30334, que exonera la gratificación de aportes y crea la bonificación extraordinaria.
Contenido revisado el 6 de setiembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la gratificación?
Un sueldo completo por semestre trabajado entero, más una bonificación extraordinaria del 9% (6.75% si estás en una EPS). Con menos de seis meses es un sexto por cada mes completo.
¿Cuándo pagan la gratificación?
En la primera quincena de julio (Fiestas Patrias) y de diciembre (Navidad). Si te contrataron a plazo fijo o estás en período de prueba, también te corresponde.
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Todas las cifras son estimaciones de chambaperu.com con la norma citada; tu boleta manda.